sábado, 3 de septiembre de 2016

1ª REUNIÓN CON TUTORES O TUTORAS
Septiembre 2016



TUTORA O TUTOR
DÍA
HORA
EDUCACIÓN
INFANTIL
3 años
Dña. Josefa Megías Camuñas
Martes 6
10
4 años
D. Tomás Muñoz Rodrigo
Miércoles 7
10
4 años
Dña. Mª. Luisa Campos Dorado
Miércoles 7
10
5 años
Dña. Josefa Martín de Lucía
Lunes 19
13
EDUCACIÓN
PRIMARIA
Dña. Mª del Pilar Ríos Fernández
Viernes 9
9:30
Dña. Sonia Mª Ballesteros Lahoz
Viernes 9
9:30
Dña. Teresa Rodríguez-Rey Toribio
Viernes 9
11
Dña. Matilde Conde Díaz
Viernes 9
11
D. Antonio Jiménez Alhambra
Miércoles 7
11
D.   M. Ángel Martín Infante
Lunes 26
13
BECAS DE LIBROS DE 1º Y 2º E.  DE PRIMARIA

CONVOCADAS AYUDAS EN ESPECIE PARA LIBROS DE TEXTO DE 1º Y 2º DE PRIMARIA (Decreto 43/2016 de 30 agosto)

Los libros de los alumnos que resulten beneficiarios de estas ayudas en especie los adquirirá el Colegio y se los entregará. El importe máximo será de 90 euros por alumno. En el caso de que ya los hayan comprado y resulten beneficiarios de la ayuda se les devolverá el importe por parte del Colegio hasta un máximo de 90 euros previa presentación de la factura de la librería que debe cumplir todos los requisitos legales.

Plazo y lugar de presentación de solicitudes: Del 2 al 15 de septiembre, en Secretaría. Esta vez se hacen en papel, no por Papás.

Requisitos:
1. Estar matriculado en 1º o 2º de Primaria en el curso 2016/17.
2. Tener un nivel de renta familiar en 2015 igual o inferior al especificado en este cuadro:


Miembros unidad familiar

Renta igual o inferior que
1
4.473,08
2
4.965,12
3
5.457,16
4
5.949,20
5
6.441,24
6
6.933,28
7
7.425,32
8
7.917,35
9
8.409,39
10
8.901,43
11
9.393,47
12
9.885,51

Documentación a entregar en Secretaría del Colegio:
1.   Solicitud cumplimentada (anexo I). Se puede conseguir en Secretaría y en el Portal de Educación.
2.   Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI), del Número de Identificación de Extranjeros (NIE) o de la tarjeta de residencia en vigor, según cada caso.
3.   Documentos acreditativos de los ingresos familiares (la de todos los miembros de la unidad familiar que hayan percibido ingresos) correspondientes al año 2015 conforme a lo dispuesto a continuación:

a) Si presentó declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2015, deberá aportarse copia de dicha declaración.
b) Si no se presentó declaración de la renta 2015 por no estar obligado a ello, se aportará documentación justificativa de los ingresos obtenidos en 2015 (certificados de empresa, informe de Servicios Sociales sobre los ingresos estimados, nóminas, etc.)
c) Si no se ha obtenido ningún ingreso en 2015 deberá aportarse declaración responsable en este sentido (y acreditarse mediante informe de Servicios Sociales, informe de vida laboral negativo de la Seguridad Social, etc).

La falta de justificación del nivel de renta de la unidad familiar supondrá la exclusión del solicitante del procedimiento, no pudiendo ser beneficiario de la ayuda.
¿Cómo calcular nuestro nivel de renta si hemos presentado la declaración en 2015? Sumamos las casillas 380 y 395 y con el resultado comprobamos en la tabla de arriba si esta cantidad sobrepasa los límites según el número de miembros de la familia.
Miguelturra 2 de septiembre de 2016

EL EQUIPO DIRECTIVO